Asignación por Matrimonio
Es
el pago que abona ANSES por única vez al trabajador registrado,
titular de la
Prestación por Desempleo, titular de la prestación de una Aseguradora de
Riesgos del Trabajo o titular de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra
del Atlántico Sur por contraer matrimonio.
Para
solicitarla es necesario contar con la información de los contrayentes
registradas en las bases de ANSES.
Se
abona a ambos cónyuges, siempre que se encuentren comprendidos en el Régimen de
Asignaciones Familiares. Podrán solicitarlo una vez transcurridos dos (2) meses
y hasta dentro de los dos (2) años de la fecha del matrimonio.
Para
la percepción de esta asignación los ingresos del grupo familiar del mes de
ocurrido el matrimonio deben encontrarse entre los topes mínimo y máximo
vigentes, tanto el individual como el del grupo familiar.
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