lunes, 2 de febrero de 2015

Impuesto a las ganancias año 2015 para empleados en relación de dependencia.

Debido a que continúa vigente el Decreto 1242/2013, se sigue manteniendo el tope de $15.000 para la aplicación del beneficio determinado en el mismo, teniendo en cuenta las remuneraciones brutas mensuales devengadas entre enero y agosto de 2013.

Por lo tanto, para el período 2015, se continúa aplicando dicho parámetro para mantener o no aquel beneficio.


Esto procede aunque el empleado haya cambiado de empleador y perciba una remuneración bruta superior a los $15.000. (Aplicando la RG 3525 que reglamenta el decreto 1242 y que aclara dicha situación de la siguiente manera “La condición del sujeto beneficiario con relación a las retribuciones a percibir a partir del 01/09/2013 se determinará en base a la mayor de las remuneraciones mensuales devengadas en el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive, aún cuando hubiere mediado un cambio de empleador ).

Hecha esta aclaración, puede ocurrir que dos empleados con iguales ingresos actuales, tengan distinto tratamiento y uno pague el impuesto y el otro no. También puede suceder que un trabajador que hoy gana menos que en el período enero-agosto 2013 siga pagando el impuesto.


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