Asignación
por Maternidad
La ANSES abona la Licencia por Maternidad a todas las mujeres
en relación de dependencia y titulares de la Ley de riesgos del Trabajo de
empresas incorporadas al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF)
y a la
trabajadora de Casas Particulares (Servicio Doméstico) durante el transcurso de
la licencia por maternidad otorgada por el empleador.
Cumplidas las 12 semanas de gestación, la trabajadora debe
comunicarle al empleador el estado de embarazo mediante un certificado médico
donde conste la fecha probable de parto y notificarle si su licencia
transcurrirá 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto o
bien 30 días antes y 60 días después de la fecha probable de parto.
Si bien la
asignación puede solicitarse ante la ANSES hasta el mismo día en que finaliza
la licencia, se recomienda presentar la solicitud antes de su inicio, a fin de
que el pago de la asignación acompañe el transcurso de la licencia.
Asignación por Maternidad con Síndrome de Down
El nacimiento de un hijo con Síndrome de Down le otorga a la
trabajadora el derecho a gozar de seis meses más de licencia a continuación de
la finalización de la Licencia por Maternidad ordinaria.
Para gestionar la Licencia por Maternidad Down, la
trabajadora puede hacerlo luego del nacimiento de su hijo y 15 días antes
de que finalice la Licencia por Maternidad regular.
Para ello, debe
comunicárselo al empleador mediante un certificado médico donde conste el
diagnóstico del recién nacido.
Si bien la asignación ante la ANSES puede
solicitarse hasta el mismo día en que finaliza la licencia, se recomienda
presentar la solicitud antes de su inicio, a fin de que el pago de la
asignación acompañe el transcurso de la licencia.
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