viernes, 13 de marzo de 2015

ACTIVIDAD LECHERA. Pequeño Productor Lechero: Régimen de Recomposición

Por Resolución 82/15 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS el "Régimen de Recomposición del Pequeño Productor Lechero".

El beneficio contemplado en este régimen consiste en un aporte de PESOS CERO COMA TREINTA CENTAVOS ($ 0,30) por litro producido de leche cruda con destino a su industrialización en el período comprendido entre el mes de marzo de 2015 y el mes de mayo de 2015, inclusive.

Los posibles beneficiarios deberán haber producido un promedio diario de hasta DOS mil novecientos litros (2.900 I), calculados en forma mensual para cada uno de los meses del período del régimen.

La subsecretaría de comercio interior procederá a efectuar los cálculos del beneficio para cada productor lechero en base a la información suministrada por la AFIP, en relación al régimen de las liquidaciones que resultan de la aplicación de la Resolución General N° 3.187 de fecha 26 de septiembre de 2011 de la AFIP, entidad autárquica en el ámbito del mencionado Ministerio, y de la Resolución Conjunta General N° 3.347 de la mencionada Administración Federal y N° 311 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca Del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, de fecha 28 de junio de 2012.

Para acceder a los beneficios del presente régimen, los interesados deberán inscribirse hasta el día 31 de marzo del corriente año, sin excepción, completando la información, conforme el Modelo de Declaración Jurada previstos a tal fin, a través del dominio de internet www.mecon.gob.ar/secretarias/comercio/comercio-interior.


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