Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto
sobre los Bienes Personales, para
la determinación del impuesto y la confección
de las respectivas Declaraciones Juradas, deberán considerar las valuaciones que
la AFIP ha publicado, (mediante la RG 3741/2015) para valuar automotores, motovehículos,
moneda extranjera, títulos valores, cuotas parte de los fondos comunes de
inversión, etc.
Las tablas de valuaciones puede descargarlas desde
la página del Organismo haciendo click AQUÍ
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