jueves, 5 de marzo de 2015

RECORDATORIO: CPCE de Córdoba. Normas Generales para Informes sobre EECC, Certificaciones y demás Informes.

Resolución del N° 66/2014 C.P.C.E. de Córdoba.
El pasado 26/11/2014 el Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba, aprobó la Resolución Nº 66/14 sobre
Normas Generales para Informes, Certificaciones y demás Informes Diversos.
Dicha resolución tiene como objetivo principal actualizar la antigua Resolución 22/88 y sus modificatorias, ante las nuevas normativas vigentes y adelantos tecnológicos disponibles que hacían necesaria su adaptación.
Entre otras cuestiones se establece en dicha resolución: 1) la ratificación de la inclusión de las cifras totales resumidas del Activo, Pasivo y Patrimonio Neto, como así también del resultado, tal como ya lo exigía la resol. 22/88, extendiéndose a todo tipo de informes o certificaciones que tengan por objeto EECC o estén referidos a éstos; 2) la posibilidad de incluir en los informes que la información objeto del mismo surge de registros llevados de conformidad con disposiciones legales y técnicas; 3) la forma de identificar la documentación objeto de informes, certificaciones o informes diversos y relacionarla con los mismos; 4) establecer la prevalencia de normas emitidas por organismos de contralor por sobre las disposiciones técnicas generales; 5) como así también establecer normas generales sobre la emisión de informes y certificaciones en cuanto a estilo, presentación, prolijidad, agregados, enmiendas o testados, etc.; 6) asimismo ratificó la disposición del Consejo de resguardar, por el medio o soporte que considere oportuno, una copia de los informes relacionados con E.E.C.C.
También y como anexo a dicha resolución, el Consejo aprobó los modelos sugeridos de Informes del Auditor y de Certificación de EECC No Auditados (Certificación Literal de EECC), preparados en base a la RT 37, los que encontrará en la sección "Técnica", "Modelos de Informes y Certificaciones".
Esta Resolución deroga las resoluciones 22/88, 49/03 y cualquier otra que se oponga, y  tiene vigencia a partir de la fecha de su aprobación.


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